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El cohecho, en 10 cómodos pasos

Rita tiene su interpretación. (EFE)

Rita tiene su interpretación. (EFE)

El delito de cohecho es como un Caballo de Troya, ya que consiste en aceptar un regalo que, a la postre, puede resultar envenenado. Es lo que, según los “indicios racionales” que maneja el juez Flors, podría haberle ocurrido al presidente valenciano Francisco Camps en forma de trajes de Milano. Desde que el juez del TSJV decidió seguir adelante con la investigación se viene hablando mucho del delito de cohecho y todo el mundo ofrece su interpretación (la más famosa, quizás, sea la de Rita Barberá y sus anchoas). ¿Qué se esconde bajo del artículo 426 del Código Penal, que ha llevado a Camps hasta el borde del banquillo?.

  1. En primer lugar, reproduzcamos el mencionado artículo: “La autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente, incurrirá en la pena de multa de tres a seis meses“.
  2. Significa que este precepto puede aplicarse en dos casos: cuando alguien recibe un regalo debido al cargo que ocupa (es decir, un regalo que no habría recibido si trabajara en otra cosa) o cuando lo recibe de parte de alguien que está buscando un favor (por ejemplo, si alguien ofrece regalos a cambio de que se acorte el plazo para que el tren de alta velocidad llegue a una ciudad por intereses comerciales).
  3. ¿Cómo se sabe si alguien ha recibido una dádiva debido al cargo que ocupa? Ésta es, precisamente, una de las grandes dificultades que encierra este artículo, ya que es muy difícil demostrar si alguien hace un regalo para ganarse el favor de un alto cargo o porque hay una amistad sincera entre ellos o un simple afán de cortesía.
  4. El artículo no habla de que los regalos deban tener un importe concreto. De este modo, lo único que diferencia a las anchoas y a los trajes puede ser la intención con la que se regalan.
  5. Este artículo contiene una de las penas más bajas que aparecen en todo el Código Penal: una multa de tres a seis meses. Excluye, por tanto, cualquier pena de prisión o la inhabilitación en el cargo de su autor.
  6. Para calcular el importe de la multa se utiliza sistema que se conoce como “días-multa”. De este modo, el juez tiene que elegir entre un período mínimo de tres meses y máximo de seis (en función de la gravedad concreta de la acción) y entre una cantidad diaria que oscila entre los dos y los 400 euros (se calcula dependiendo de la capacidad económica del penado).
  7. El capítulo del Código Penal que se ocupa del cohecho contiene nueve artículos, y en ellos se recogen diferentes tipos de irregularidades. Ninguno conlleva una pena más baja que el artículo 426. El tipo de cohecho más castigado es cuando un cargo público recibe un regalo o acepta una promesa a cambio de una acción que está tipificada como delito. Esta conducta (artículo 421) conlleva una pena de dos a seis años de prisión.
  8. El profesor de Derecho en la Universidad Complutense Fernando Santa Cecilia considera que el catálogo de delitos de cohecho que se incluye en el Código Penal es exagerado. Por ejemplo, el artículo 426 podría solventarse con una sanción administrativa, sin necesidad de recurrir al derecho penal, que debe reservarse a los casos más graves en respeto al principio de intervención mínima.
  9. Según este profesor, el legislador ha tenido una actitud moralizante, queriendo transmitir la sensación de que estos delitos se persiguen con especial dureza. Es un ejemplo más de la llamada “justicia simbólica”.
  10. Fernando Santa Cecilia cree que el hecho de aceptar un regalo mientras se ocupa un alto cargo debe depender de la profesionalidad, la honradez y la dignidad de cada uno, y no tanto del derecho penal.

Por ÁLVARO LLORCA (SOITU.ES)

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Una respuesta

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